Derecho laboral individual
lunes, 28 de octubre de 2019
lunes, 7 de mayo de 2018
Qué sucede si en un empleado lleva
incapacitado más de 180 días y la empresa ha cotizado 360 días de incapacidad,
¿el empleador está obligado a seguir cotizando
y cancelando sueldos hasta que se otorgue pensión o pueden terminar el contrato
por justa causa al superar los 180 días de incapacidad continua?
Pago de incapacidad por enfermedad de origen común
https://www.youtube.com/watch?time_continue=2&v=XB7AyjyIgjQ
Teniendo en cuenta los tipos de incapacidades médicas podemos manifestar que existen las de origen común y las de origen profesional o
laboral.
Las de
origen común son las que tienen como causa un accidente o una enfermedad cuya
ocurrencia no tuvo ninguna relación con el trabajo. Y las de origen profesional
o laboral son las que, por el contrario se originan en un accidente de trabajo
o en una enfermedad laboral.
Ahora,
referente al pago de las incapacidades de origen común, podemos manifestar se
paga un 66% del SBC durante los primeros 90 días y el 50% durante los
siguientes 90 días. Los primeros dos días los paga el empleador y a partir del
tercer día le corresponde a la EPS. Sin embargo, si el salario del
trabajador es igual al mínimo legal, la incapacidad se paga se paga con el
100%.
Prórroga de las incapacidades de origen común. A partir
del día 181 cesa para la EPS la obligación de pagar la incapacidad, pero si
como resultado de la valoración médica que se le haga al paciente se advierte
que existen posibilidades de su rehabilitación, la incapacidad se puede ampliar
hasta por 360 días más, tiempo durante el cual el trabajador recibirá un
subsidio equivalente a la prestación económica que venía percibiendo por la
incapacidad. Si al término de esta prórroga persiste la enfermedad, se deberá
proceder a calificar la pérdida de la capacidad laboral del trabajador, pues de
ahí en adelante éste dejará de recibir dicho subsidio.
Rubio, A. R. (2017). Pago de incapacidades por enfermedad
común. Gerencie.com. Recuperado el 07 de 05 de 2018, de
https://www.gerencie.com/incapacidades-medicas-de-origen-comun-y-de-origen-laboral-asi-se-pagan.html.
En la siguiente nota de la pagina Eltiempo.com podemos identificar algunas enfermedades que son causales de despido con justa causa.adicional a esto la publican una información muy completa sobre el fallo de la Corte Constitucional que permite a las empresas dar por terminado por justa causa el contrato de trabajo de un empleado que padezca una enfermedad contagiosa o crónica, que no tenga el carácter de profesional, y cuya curación no haya sido posible durante 180 días, podría tener efectos sobre más de una veintena de afecciones.
Dale clic al siguiente enlace en donde encontraras la información completa: Eltiempo.com
domingo, 6 de mayo de 2018
¿Que debemos tener en cuenta para realizar una terminación de contrato?
Para
poder despedir a alguien con justa causa se debe tener en cuenta que es un
procedimiento en el que se requiere riguroso cuidado ya que puede acarrear
demandas o problemas para el trabajador como para el empleador a continuación
te vamos a enseñar cómo se debe proceder frente a un caso de este tipo.
1. Como primera instancia se debe Identificar de la
justa causa para terminación de contrato.
2. Citar al trabajador para la notificación de su despido.
3. Defensa por parte del trabajador
4. Recepción y evaluación de los descargos presentados por
el trabajador
5. Notificación de la carta de despido
6. Liquidación y pago de los valores adeudados al
trabajador.
Según
el ministerio de justicia Para realizar el despido con justa causa por
incumplimiento del contrato por parte del trabajador o por enfermedad
contagiosa o crónica, la empresa debe remitirle un documento o carta a este, en
donde debe estar plasmado motivo del despido y
las pruebas que se tengan sobre el caso, Se debe especificar en la
comunicación los hechos y circunstancias con indicación de las modalidades de
tiempo, lugar y condiciones. Si desea consultar cuales son las causales de despido
justificado.
El
empleado tiene derecho a defenderse y dar explicaciones, garantizando que este
se defienda y respetando el debido proceso, es decir, que tenga conocimiento de
todo el procedimiento de despido
En
caso de determinar la necesidad de terminar el contrato de trabajo, el
empleador debe hacer los respectivos pagos de liquidación y demás que se le
adeuden, si desea consultar más información sobre la liquidación le invitamos a
visitar el tema
viernes, 4 de mayo de 2018
lunes, 23 de abril de 2018
Leyes relacionadas a terminación de contrato
Terminación
de contrato de trabajador con incapacidad por enfermedad de origen común
La
enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter de
profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite
para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta
(180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento
de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones
legales y convencionales derivadas de la enfermedad”
Con base a lo
anterior tenemos que se puede dar por finalizado un contrato de trabajo por una
incapacidad superior a 180 días. Es de gran importancia reconocer el papel que
juega la eps en dicho contexto pues la institución responde a partir del tercer
día de incapacidad.
¿Sabías que?
¿Por
cuál tipo de enfermedad puedes ser despedido?
Principalmente la enfermedad que se padece debe ser
de tipo crónica, es decir que la persona lleve muchos años padeciéndola, contagiosa
un ejemplo claro es el VIH donde se pone en riesgo la salud de quienes trabaja
con una persona que contare dicha enfermedad, o una enfermedad que imposibilite
el desarrollo normal del trabajador en la empresa.
Si el empleador decide despedir a una persona en las
condiciones anteriores debe dar aviso previo de 15 días.
Si
te despiden antes de los 180 días de
incapacidad
Entonces tienes derecho a que el empleador te de una
indemnización por un despido sin justa causa.
Artículo 64 del
código sustantivo.
¿A que tienes derecho si te despiden por
una enfermedad común o contagiosa?
Si tu enfermedad no
fue superada en el plazo de los 180 días, entonces tienes derecho a una liquidación
pues el empleador debe respetar tus prestaciones de ley e indemnizaciones que la ley otorga
La proteccion a los derechos ciudadnos se practican mediante una accion
judical estos con el fin de prevenir una amenaza a los derechos consagrados en
la constitucion politica
• El Derecho de Petición.
• Peticiones de información.
• Quejas.
• Reclamos.
• Manifestaciones.
• Acción de Tutela.
• Peticiones de información.
• Quejas.
• Reclamos.
• Manifestaciones.
• Acción de Tutela.
DERECHO
DE PETICIÓN está
estipulado en la constitución en el artículo 45; un texto que viene desde 1886
y no ha sido objeto de modificaciones posteriores.
Es un
derecho político de presencia ante los miembros políticos del estado, es un
instrumento que supera las limitaciones de la democracia representativa, se
eligen corporaciones y luego los ciudadanos se presentan ante ellas a instarlas
a que legislen en determinadas materias.
Perdomo, J. V. (1984). Derecho de petición. Revista de la Facultad de Derecho
y Ciencias Políticas, (65),
115-125.
ACCIÓN DE TUTELA,
regulada en el artículo 86 de la C.P. es el principal
y más efectivo medio de protección de los derechos fundamentales. el
Decreto 2591 de 1991, que regula la acción de tutela protección ante las
acciones u omisiones de las autoridades o de los particulares que los
quebranten o violen.
Cifuentes Muñoz, E. (1997). 9. LA ACCIÓN DE TUTELA
EN COLOMBIA. Ius et
Praxis, 3(1).
domingo, 22 de abril de 2018
Una de las preguntas que tenemos al ingresar a
laborar en una nueva compañía es saber si nos pueden despedir por alguna
enfermedad si nos basamos en el Código Sustantivo del Trabajo la
respuesta seria Si ya que el artículo 63 en el numeral 15 nos informa que se puede dar por terminado el
contrato con justa causa de manera unilateral por parte del empleador.
“La enfermedad contagiosa o crónica del trabajador, que no tenga carácter
de profesional, así como cualquiera otra enfermedad o lesión que lo incapacite
para el trabajo, cuya curación no haya sido posible durante ciento ochenta
(180) días. El despido por esta causa no podrá efectuarse sino al vencimiento
de dicho lapso y no exime al empleador de las prestaciones e indemnizaciones
legales y convencionales derivadas de la enfermedad”.
A
continuación podremos observar la página de la corte constitucional de Colombia,
y unos casos donde se hace referencia casos y sentencias de personas que fueron
despedidas con justa causa por motivo de enfermedades crónicas.
miércoles, 18 de abril de 2018
PASO A PASO DEL PROCESO DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO JUSTA CAUSA C.S.T ARTÍCULO 62, LITERAL A, NUMERAL 15
Callejas Varela, V. A. (2016). El debido proceso en la terminación del contrato laboral en Colombia: caso del trabajador incapacitado por enfermedad común, cuando su curación no haya sido posible durante ciento ochenta (180) días
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